Separación de bienes: ventajas y desventajas

Cuando una pareja decide contraer matrimonio debería previamente pensar cual va a ser el régimen económico que se va a aplicar a dicha relación matrimonial.

separación de bienes

¿Qué es el régimen de separación de bienes?

En España existen tres tipos de regímenes económico matrimoniales diferentes:

  • Régimen de Gananciales: Cuando una pareja se casa en este régimen, se hacen comunes para ambos cónyuges las ganancias o deudas que hayan obtenido por cualquiera de ellos y que serán distribuidos por mitad al disolverse la sociedad de gananciales. Se consideran privativos los bienes que ya se tenían de soltero o los que cada uno recibe a título gratuito dentro del matrimonio, como herencias y donaciones.
  • Régimen de separación de Bienes: Cuando el matrimonio se rige por el régimen de separación de bienes ambos cónyuges mantienen la independencia económica previa al matrimonio. Cada uno de los cónyuges sigue siendo titular de sus ingresos y bienes, tanto los adquiridos previamente al matrimonio como los adquiridos durante el mismo y responde por sus deudas sin que el otro cónyuge esté afectado.
  • Régimen de Participación: En este régimen cada uno de los cónyuges conserva su autonomía patrimonial como en el régimen de separación de bienes, pero en el momento de su disolución entra en juego el principio de solidaridad entre ambos, generándose un derecho a participar en las ganancias obtenidas.

En algunas Comunidades Autónomas como Cataluña y Baleares el régimen económico que se aplica es el de separación de bienes, pero en el resto de comunidades se deben otorgar capitulaciones matrimoniales para que resulte aplicable el régimen de separación de bienes.

Características del régimen de separación de bienes

En el régimen de separación de bienes pertenecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título. Asimismo, corresponderá a cada cónyuge la administración, goce y libre disposición de tales bienes, sin necesidad del consentimiento del cónyuge no propietario.

En cuanto a la vivienda o casa familiar, con independencia de la titularidad del mismo, está sujeto al principio de que es necesario el acuerdo de ambos cónyuges para poder venderlo o realizar actos de disposición sobre el mismo.

Los cónyuges habrán de contribuir al sostenimiento de las cargas del matrimonio, a falta de convenio, de forma proporcional a sus respectivos recursos económicos.

El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará, a falta de acuerdo, a la extinción del régimen de separación.

Las deudas y obligaciones contraídas por cada cónyuge serán cargo de cada uno, aunque si las deudas contraídas por uno de los cónyuges son para un gasto familiar, deberán responder ambos.

En cuanto a las obligaciones que dimanen del ejercicio ordinario de la actividad doméstica del matrimonio responderán ambos cónyuges en la forma prevista en el Código Civil, tales como la alimentación, sustento, asistencia médica y educación de los hijos.

Ventajas del régimen de separación de bienes

 Las ventajas del régimen de separación de bienes son las siguientes

  • Cada uno de los cónyuges conserva la propiedad de su patrimonio
  • Cada cónyuge puede disponer de sus bienes sin necesidad de tener autorización de su cónyuge (Excepto la vivienda o casa familiar que como se dijo precisa de consentimiento de ambos cónyuges)
  • Se protege de mejor forma el patrimonio de cualquiera de los cónyuges en el supuesto de que se generen deudas, de forma tal que los bienes de uno no queden afectados por las deudas del otro.
  • Si los cónyuges compraran algún bien a medias serán propietarios del mismo en pro indiviso
  • Si se produce una separación o divorcio no es necesario liquidar el régimen económico matrimonial ya que desde el inicio del matrimonio cada uno es propietario de sus bienes con carácter privativo.
  • Facilita en reparto de la herencia.
  • Dicho régimen generalmente se adopta cuando alguno o ambos cónyuges desarrollan actividades económicas o profesionales por cuenta propia, uno de los conyuges tiene un patrimonio muy superior anterior al matrimonio o cuando en un segundo matrimonio haya hijos no comunes.

Desventajas del régimen de separación de bienes

Por otro lado, las desventajas son las siguientes:

Puede ser insolidario en el sentido de que, si uno solo de los cónyuges trabaja y el otro no, el primero hará suyo sus ganancias o con las mismas podrá adquirir bienes que le pertenecerán en exclusiva sin que ellos pertenezcan el otro cónyuge.

No obstante, lo anterior el Código Civil trata de paliar dicho desequilibrio en el sentido de que el cónyuge que desarrolle exclusivamente su trabajo para el cuidado del hogar, familia, hijos etc, tendrá derecho a una compensación económica en el momento de la separación o divorcio y que será proporcional al caudal del otro cónyuge, edad, posibilidades económicas, duración del matrimonio etc.

Dicha compensación económica no es incompatible con la pensión compensatoria que pudiera corresponder a los cónyuges.

Cómo elegir el régimen económico matrimonial

El régimen económico matrimonial se puede elegir antes de la celebración del matrimonio o con posterioridad al mismo. Dicha elección se realiza mediante el otorgamiento de una escritura de capitulaciones matrimoniales ante el Notario al que se le indicará qué régimen se elige.

Si tienes alguna duda sobre este régimen económico matrimonial, puedes contactar con nosotros, ya que somos especialistas en derecho matrimonial.